Tras analizar la sentencia de 17 de enero de 2013 del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea que condenaba a España por mantener una regulación del IVA en relación con los productos sanitarios contraria a la legislación comunitaria, el CERMI entiende, y así lo expone a Hacienda, que este pronunciamiento judicial europeo no afecta al régimen fiscal de los productos de apoyo de personas con discapacidad, por lo que han de seguir con un tipo superreducido.
El Estado español debe modificar en los próximos meses la legislación sobre el IVA para adecuarse a la sentencia europea, -pero esa reforma no tiene por qué alterar la regulación actual en lo que hace a los productos de apoyo con destino a personas con discapacidad-, según el CERMI, que así lo hace ver a Hacienda en un amplio informe técnico enviado a la Dirección General de Tributos.
Además de mantener la reducción de tipos, el CERMI plantea a Hacienda que sean consideradas como beneficiarias de la misma a todas las personas con un grado de discapacidad oficialmente reconocido igual o superior al 33%.
Fuente: Cermi. http://semanal.cermi.es/noticia/CERMI-plantea-Hacienda-IVA-superreducido-productos-apoyo.aspx