La Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso aprobó este jueves la reforma laboral con la incorporación de distintas enmiendas y con los votos a favor de PP y CiU.
La Comisión, que aprobó la reforma con competencia legislativa plena, incorporó algunas modificaciones como la limitación del nuevo contrato de emprendedores o la reducción de la ultraactividad de los convenios.
La primera de estas medidas, pactada con CiU, establece que cuando el desempleo baje del 15% ya no podrán realizarse contratos de apoyo a los emprendedores, que es el modelo creado por esta reforma destinado a pymes. Estos contratos fueron duramente criticados por la oposición y las organizaciones sindicales, principalmente por incluir un periodo de pruebas de un año.
Por otro lado, el PP ha dado el visto bueno a una enmienda de Foro Ciudadano que reduce a la mitad el periodo de ultraactividad de los convenios.
Hasta ahora, la reforma establecía que los convenios se mantendrían vigentes durante dos años mientras las partes negociaban su renovación. Sin embargo, esta enmienda establece que el plazo será de sólo un año.
El Congreso también ha dado el visto bueno a otras enmiendas, como la que da un plazo al Ejecutivo de un año para que presente un proyecto de ley para impulsar la inserción laboral de las personas con discapacidad.
También se modifica la reforma para dar prioridad en la movilidad a otro centro de trabajo dentro de la empresa a los empleados con discapacidad que necesiten recibir fuera de su localidad un tratamiento de rehabilitación.
Asimismo, el PP ha aceptado una enmienda del PSOE que establece que en los casos de que un centro especial de empleo pierda una contrata y sea sustituido por una empresa ordinaria, se mantenga la relación especial de trabajo de las personas con discapacidad.
En total se han incorporado 67 enmiendas, de las que 21 se incluyeron en el informe de la ponencia, 26 se han tramitado como transaccionales, y el resto son 12 del PP una de Foro, una de UPyD, cinco de UPN y una de Izquierda Plural.
Las enmiendas transaccionales, que según la redacción de las mismas recoge propuestas de todos los grupos parlamentarios, aclaran también las razones económicas que justifican un despido colectivo. En este sentido, apuntan que la caída durante dos trimestres consecutivos de los ingresos “ordinarios” o de las ventas debe establecerse en relación al mismo periodo del ejercicio anterior. Esta redacción también se da a las causas para incumplir lo pactado en convenio.
Por otro lado se establece un plazo de seis meses para que las empresas ofrezcan a los trabajadores afectados por el despido un plan de recolocación, y se vigilará para que sea una “recolocación adecuada”.
Asimismo, se reduce de 500 a 100 empleados el tamaño mínimo de las empresas que, si tienen beneficios, deberán aportar al Tesoro Público en el caso de que realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores de más de 50 años.
Por otro lado se amplía hasta el 10% el porcentaje de la jornada laboral del trabajador que se podrá distribuir de manera irregular.
También se establece un mínimo de un 5% del número de jornadas laborales anuales de las que un trabajador debe ausentarse para justificarun despido por absentismo. Este porcentaje se traduce en entre 12 y 13 días.
Una vez aprobada la reforma en el Congreso, el texto con las enmiendas incorporadas pasará al Senado. Allí se podrán incorporar nuevas enmiendas que deberán ser ratificadas posteriormente en la Cámara Baja. En el caso de que no haya nuevas enmiendas, no será necesario que la reforma vuelva al Congreso.